Códigos Éticos Ambientales
hoy
más que nunca es necesario generar una educación ecológica, una
educación ambiental que siente las bases para una nueva cultura de presentación y respeto por la naturaleza y el medio ambiente.
Si
reflexionamos el concepto unitario de que la tierra es solo una, debemos
entender que debemos tener responsabilidad, cuidarla y protegerla por salud de la propia tierra, y por otro por
seguridad nuestra, ya que los problemas ambientales del mundo cada vez se
globalizan más, es decir uno repercuten en otros aunque se susciten en países o regiones diferentes.
Actuar
con responsabilidad y respeto hacia el entorno debe ser la constante, la regla,
lo principal. En sociedad ahora
más que nunca la dimensión ética humana y la preocupación por atender los
grandes problemas relaticos al medio ambiente está
de manifiesta por ello se han creado código éticos ambientales.
Por código se entiende cuerpo o conjunto de leyes, normas o reglas aplicadas de manera sistemática, entonces los códigos éticos ambientales son aquellas normas que son aplicadas en materia ambiental.
Por código se entiende cuerpo o conjunto de leyes, normas o reglas aplicadas de manera sistemática, entonces los códigos éticos ambientales son aquellas normas que son aplicadas en materia ambiental.
Protocolo de Montreal
Tratado internacional que se preocupa por las sustancias que afectan la
capa de ozono, tratando de reducir la producción y consumo de sustancias que
afecten la capa de ozono. El acuerdo se negoció en 1987 y entró en vigor el
1ero de enero 1989. Se cree que si todos los países cumplen con el tratado, la
capa de ozono podría haberse recuperado para el año 2050.
Su enfoque es la eliminación de emisiones mundiales que agotan el ozono,
éstas son aquéllas que contienen (poAO) cloro y bromo.
La eliminación de los hidrocloroflurocarbonos (HCFCs) que son menos
activos –dio inicio en 1996 y continuará hasta su eliminación completa en el
2030.
195 de los 196 estados miembros de las Naciones Unidas han ratificado el Protocolo de Montreal. El único que no se ha unido es Timor Leste. Una cantidad menor de países ha ratificado las enmiendas; solo 154 países han ratificado la Enmienda de Beijing
195 de los 196 estados miembros de las Naciones Unidas han ratificado el Protocolo de Montreal. El único que no se ha unido es Timor Leste. Una cantidad menor de países ha ratificado las enmiendas; solo 154 países han ratificado la Enmienda de Beijing
Desde que el protocolo entró en efecto, las concentraciones atmosféricas de los cloroflurocarbonos más importantes y loe hidrocarburos clorinados se han logrado estabilizar o reducir. Sin embargo la tasa de aumento ha disminuido, y se espera que comience a declinar en el 2020. El Protocolo de Montreal ha sido considerado el acuerdo ambiental más exitoso del mundo hasta la fecha.
Protocolo de Cartagena
Es el primer acuerdo internacional que establece la transferencia, manejo y uso de organismos vivos modificados a través de la biotecnología moderna (regula los riesgos que implican los organismos transgénicos). Entró en vigor el 11 de septiembre del 2003. Consiste en los avances de la tecnología y la ciencia, su uso en los seres vivos, Biotecnología. Defiende la salud de los seres humanos y de todos los organismos que sean capaces de transferir material genético, la biodiversidad ecológica, es decir, animales.
La finalidad es descartar potenciales conflictos entre las leyes de
comercio y el régimen de bioseguridad nacional.
México forma parte de éste protocolo, junto con 151 países, con el
objetivo de regular el movimiento transfronterizo de Organismos Genéticamente
Modificados (OGM). Desafortunadamente, no ha habido gran avance en lo que a
esto concierne.
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo. Habiéndose reunido en Rio de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992. Reafirmando
la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano,
aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972a, y tratando de basarse en ella. Con
el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la
creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores
claves de las sociedades y las personas,
Procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los
intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de
desarrollo mundial,
Reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la Tierra,
nuestro hogar.
PRINCIPIO 1
Los seres humanos
constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo
sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonia con la
naturaleza.
PRINCIPIO 2
De conformidad con
la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los
Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus
propias politicas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar
por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control
no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera
de los limítes de la jurisdicción nacional.
PRINCIPIO 3
El derecho al
desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las
necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y
futuras.
PRINCIPIO 4
A fin de alcanzar
el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir
parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma
aislada.
PRINCIPIO 5
Todos los Estados
y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la
pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de
reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las
necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.
PRINCIPIO 6
Se deberá dar
especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en
desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables
desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se
adopten con respecto al medio ambiente y al desarrollo también se deberían
tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los países.
PRINCIPIO 7
Los Estados
deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y
restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de
que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente
mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los
países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda
internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus
sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los
recursos financieros de que disponen.
PRINCIPIO 8
Para alcanzar el
desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los
Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo
insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
PRINCIPIO 9
Los Estados
deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo
sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de
conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la
adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas,
tecnologías nuevas e innovadoras.
PRINCIPIO 10
El mejor modo de
tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los
ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda
persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente
de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los
materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como
la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los
Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de
la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá
proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y
administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos
pertinentes.
PRINCIPIO 11
Los Estados
deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los
objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el
contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por
algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y
económico injustificado para otros países, en particular los países en
desarrollo.
PRINCIPIO 12
Los Estados
deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional
favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo
sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas
de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines
ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o
injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería
evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que
se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas
destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales
deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.
PRINCIPIO 13
Los Estados
deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la
indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños
ambientales. Los Estados deberán cooperar asimismo de manera expedita y mas
decidida en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad
e indemnización por los efectos adversos de los daños ambientales causados por
las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en
zonas situadas fuera de su jurisdicción.
PRINCIPIO 14
Los Estados
deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la
transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que
causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud
humana.
PRINCIPIO 15
Con el fin de
proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio
de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o
irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como
razon para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos
para impedir la degradación del medio ambiente.
PRINCIPIO 16
Las autoridades
nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos
ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio
de que el que contamina debe, en PRINCIPIO, cargar con los costos de la
contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin
distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.
PRINCIPIO 17
Deberá emprenderse
una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional,
respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un
impacto negativo considerable en el medio ambiente y que este sujeta a la
decisión de una autoridad nacional competente.
PRINCIPIO 18
Los Estados
deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u
otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en
el medio ambiente de esos Estados. La comunidad internacional deberá hacer todo
lo posible por ayudar a los Estados que resulten afectados.
PRINCIPIO 19
Los Estados
deberán proporcionar la información pertinente y notificar previamente y en
forma oportuna a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades
que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adversos, y
deberan celebrar consultas con esos Estados en una fecha temprana y de buena
fe.
PRINCIPIO 20
Las mujeres
desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el
desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación
para lograr el desarrollo sostenible.
PRINCIPIO 21
Debería
movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo
para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y
asegurar un mejor futuro para todos.
PRINCIPIO 22
Las poblaciones
indígenas y sus comunidades, asi como otras comunidades locales, desempeñan un
papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido
a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y
apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su
participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible.
PRINCIPIO 23
Deben protegerse
el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión,
dominación y ocupación.
PRINCIPIO 24
La guerra es, por
definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estados
deberán respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al
medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior
desarrollo, según sea necesario.
PRINCIPIO 25
La paz, el
desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e
inseparables.
PRINCIPIO 26
Los Estados
deberán resolver pacíficamente todas sus controversias sobre el medio ambiente
por medios que corresponda con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas.
PRINCIPIO 27
Los Estados y las
personas deberán cooperar de buena fe y con espiritu de solidaridad en la
aplicación de los principios consagrados en esta Declaración y en el ulterior
desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible.
La carta de la tierra
El estudio de “la carta de la
tierra” consistió en los siguientes puntos: Se reconoce la diversidad cultural y formas de
vida, sin embargo somos habitantes de un mismo territorio, somos una familia. Es
el documento más importante que se ha escrito para los principios de la ética
global, nace debido a la agresión al planeta, varios grupos comenzaron a
organizarse para elaborarla. Y después de varios intentos se consolida el texto
final en Marzo de 2000, en esta intervinieron personalidades de todo el mundo.
El propósito de la unión es crear una sociedad sostenible, con bases en
el respeto a la naturaleza y los derechos humanos, a la justicia económica y la
paz.
·
Recuperar la biosfera,
los sistemas ecológicos y las diversas especies vivas.
·
Responsabilidad
universal, hacer cambios en nuestros valores y formas de vida.
·
El documento se divide
en 4 principios y 16 apartados:
1. Respeto y cuidado de la comunidad de la vida.
2. Integridad Ecológica.
3. Justicia Social y Económica.
4. Democracia, No violencia y Paz.
Los apartados de la “Carta de la Tierra”, son 16:
1. Respetar la Tierra y la vida en su diversidad.
2. Cuidar la comunidad de la vida con entendimiento, amor y pasión.
3. Construir sociedades democráticas.
4. Asegurar que los frutos y la belleza de la tierra se preserven para
las generaciones presentes y futuras.
5. Proteger y Restaurar la integrad de los sistemas ecológicos.
6. Evitar dañar como el mejor método de protección ambiental.
7. Adoptar patrones de producción, consumo y reproducción que
salvaguarden las capacidades regenerativas de la tierra.
8. Impulsar el estudio de la sostenibilidad ecológica y promover el
intercambio abierto y la aplicación del conocimiento adquirido.
9. Erradicar la pobreza como un imperativo ético, social y ambiental.
10. Asegurar que las actividades e instituciones económicas promuevan el
desarrollo humano de forma equitativa y sostenible.
11. Afirmar la igualdad y equidad de género como prerrequisito para el
desarrollo sostenible.
12. Defender el derecho de todos. Sin discriminación a un entorno
natural y social.
13. Fortalecer las instituciones democráticas.
14. Integrar en la educación formal y en el aprendizaje las habilidades,
conocimiento y los valores necesarios para un modo de vida sostenible.
15. Tratar a todos los seres vivos con respeto y consideración.
16. Promover una cultura de Tolerancia, No violencia y Paz.
Organizaciones ambientalistas de la sociedad
civil.
Existen organizaciones y sociedades encargadas de defender y proteger la
naturaleza, aquí entra la Ética ecológica que busca orientar a nuestras
acciones a favor del medio ambiente.
Esta ética debe ser parte de una conciencia política de los ciudadanos,
quienes se han inclinado por la democracia, la democracia desde una perspectiva
más amplia. Dentro de los objetivos generales de los movimientos y organizaciones
sociales ecologistas están:
·
Denunciar los problemas
que afectan el medio ambiente, buscar y proponer diversas alternativas para
restablecer y mantener el equilibrio de los ecosistemas.
·
Mantener una crítica
constante al sistema capitalista actual, donde se defiendan las riquezas
naturales y se promueva el desarrollo igualitario para la sociedad.
·
Proponer cambios
significativos en la gestión política buscando orientar la economía hacia el
respeto por el medio ambiente.
·
Promover por todos los
medios una reflexión crítica, a favor de una conciencia ecológica ciudadana.
Existe otro movimiento internacional globalizado, una Organización No
Gubernamental, conocida como “Greenpeace”, (Paz Verde), se fundó en Vancouver
en 1971, su primera lucha fue la protesta contra las pruebas nucleares en
Alaska y Francia, además de denuncias y protestas en contra de la caza de
ballenas y matanzas de focas, en el caso de México ha denunciado
irregularidades en la planta de energía nuclear de Laguna Verde en Veracruz, así
como la destrucción de arrecifes de coral en el Caribe.
Estas organizaciones se encargan de vigilar loa acuerdos internacionales
en especial los centrales de la Carta de la Tierra, así como de impulsar todo
tipo de proyectos sustentables.
Estrategias
para revertir los efectos
Nuestro país no es ajeno
a esta situación, sus ecosistemas sufren graves deterioros y la calidad del
medio ambiente en los centros urbanos ha disminuido. Por fortuna, la dinámica
que impulsó espectacularmente la producción también proporcionó instrumentos
poderosos, para elevar el bienestar de la sociedad.
Ha llegado el momento de
impulsar una nueva era de crecimiento económico, que se fundamente en
principios que sostengan y amplíen nuestra base de recursos naturales; hay que
emprender una decisiva acción política que administre los recursos del medio
natural, de modo que se asegure un progreso perdurable.
La magnitud de este reto
nos obliga a emprender acciones enérgicas para racionalizar la explotación de
recursos, para canalizar las inversiones y orientar nuestro progreso económico
hacia un desarrollo perdurable. Hay que cuidar nuestros recursos, procurando el
beneficio de las generaciones presentes y las del futuro.
bueno muy buen aporte
ResponderEliminarmuy bonito sitio te invito a visitar el mio
ResponderEliminarhttp://recargaaextintores.com
Muy buen aporte, me ayudo mucho en mi tarea :)
ResponderEliminarD:
ResponderEliminarexelentemente bien
ResponderEliminarmuy buena información
ResponderEliminarEl Montoya es P U T O
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ResponderEliminarte la rifaste xdxdxd
ResponderEliminar👍
ResponderEliminar👍
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